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Ley Nº 7092 / De Rotulado frontal de advertencia de alimentos envasados
Author: La Biblioteca y Archivo Central del Congreso Nacional
La Ley Nº 7092/2023 “De rotulado frontal de advertencia de alimentos envasados” (“Ley 7092/23”) de Paraguay establece la obligatoriedad del uso del rotulado frontal de advertencia para todos los productos alimenticios envasados para el consumo humano que sean elaborados, fraccionados, envasados, importados, distribuidos y comercializados en dicho país. Utiliza el modelo de lupa en blanco y negro en productos alimentarios y bebidas no alcohólicas que exedan los valores establecidos por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social para grasas saturadas, azúcares y sodio, los que llevaran sellos de advertencia visibles y claros: “ALTO EN AZÚCARES”; ‘ALTO EN GRASAS SATURADAS”; “ALTO EN
SODIO. Los valores NO son los definidos por el modelo de perfil de nutrientes de la OMS. El Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social será el encargado de determinar los alimentos exentos de cumplir con esta ley, así como determinar la aplicación gradual de la misma. El Instituto Nacional de Nutrición y Alimentación (INAN) desarrollará la reglamentación.